Preguntas Frecuentes
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Completar todos los campos (Número de CUIL, Número de DNI, campo de verificación)
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Al 2954-411651 (Santa Rosa)
lunes a viernes de 8 a 19 hs.
O 2302-421354 (General Pico)
lunes a viernes de 8 a 15 hs.
Si, si trabajas en relacion de dependencia podés cambiar de Obra Social.
Si. cuando cambias de Obra Social las personas que están a tu cargo tambien cambian de Obra Social.
Al 2954-307701 las 24 hs los 365 días de año.
Podés usar tu nueva Obra Social a partir de los 3 meses desde que hicistes tu pedido de cambio
Muchas personas, en particular aquellos que trabajan en relación de dependencia y nunca han solicitado un cambio de Obra Social, se preguntan ¿qué Obra Social tengo. Esto es así porque al iniciar una relación laboral, la Obra Social es asignada según la actividad a realizar, y según el gremio correspondiente. Osea, que en un primer momento un empleado en relación de dependencia no elige la Obra Social a la que se lo afilia.
Puede incorporar al grupo familiar primario (cónyuge e hijos menores de 21 años no emancipados) siempre y cuando no tengan otra cobertura de obra social..
La cobertura en internación en todas las especialidades es en un 100% a cargo de Sanidad, dentro de la normativa vigente y exclusivamente en los prestadores contratados a tal fin.
El afiliado a OSPSA tiene cobertura al 100% durante su internación.
Desde aquí podrás descargarte el archivo con las instrucciones para seguir los paso para el TRASPASO de obra social.